El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación de Gobierno de Aragón ha convocado ayudas para el sector agroalimentario, os dejamos enlace para su descarga y un resumen:
– Subvenciones para la transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas
Actividades subvencionables.
a) Las inversiones materiales o inmateriales que realicen las industrias agroalimentarias en el territorio de la Comunidad Autónoma con la finalidad de transformar, comercializar o desarrollar los productos agrícolas, siempre y cuando la inversión la ejecute el beneficiario en el medio rural.
Los proyectos podrán tener por objeto no sólo medios productivos sino también aquellos elementos relacionados con el Pacto Verde Europeo, la innovación, la sostenibilidad y la transformación digital de los procesos críticos de negocio y, en particular, los
relacionados con el incremento de ventas.
b) La implantación de tecnologías y procedimientos para desarrollar productos nuevos o de mayor calidad y apertura de nuevos mercados, sistemas de calidad, procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía o la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogás) y cogeneración.
Gastos subvencionables:
a) La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles directamente relacionados con el objeto de la subvención.
b) La compra de nueva maquinaria y equipos de primera mano, hasta el valor de mercado del producto, así como las inversiones derivadas de la adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionadas con la innovación, sostenibilidad
medioambiental, industria 4.0, las ventas, la transformación digital u otras relacionadas.
c) Los costes generales vinculados al proyecto de inversión en las letras a) y b) tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medio ambiental y la transformación digital
incluidos los estudios de viabilidad, con el límite del 8%, debidamente justificados documentalmente.
d) Inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y de la infraestructura TIC necesaria para la ejecución y optimización del proyecto de inversión, así como adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor, y marcas registradas
relacionadas.
e) Inversiones derivadas de la puesta en marcha de proyectos tendentes al incremento de ventas a través de la mejora de la comercialización, a través de la implantación de nuevos canales de ventas u otros relacionados.
f) Inversiones tendentes a garantizar una oferta estable del producto comercializado o de la puesta en marcha de estructuras estables de mayor capacidad que integren a los eslabones de la cadena de valor alimentaria, desde la producción a la comercialización.
Período de ejecución de la actividad subvencionable.
El plazo para el inicio de la ejecución comenzará el día de presentación de la solicitud de la subvención dentro del plazo establecido, siendo además necesario que se levante la correspondiente acta de no inicio de la inversión, y finalizará el día 15 de septiembre de cada
anualidad, según resolución de aprobación. Máximo 3 anualidades
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios las personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones titulares de industrias agroalimentarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma, y responsables finales de la financiación de las inversiones y de los gastos subvencionables que transformen, comercialicen o desarrollen los productos agrarios enumerados en el anexo I del TFUE y productos alimentarios distintos
siempre y cuando la inversión la ejecute el beneficiario en el medio rural.
% máximo subvención 40% . Ver tablas puntuaciones y presupuesto disponible.
Plazo de presentación de las solicitudes desde la publicación hasta el 4 de noviembre de 2024.
El modelo de solicitud se encuentra disponible en la Sede electrónica del Gobierno de Aragón, accesible en la url: https://www.aragon.es/tramites