Recursos humanos

Cuánta gente necesitarás y para qué los vas a necesitar

Establecer una organización dentro de la empresa consiste en convertir las tareas que hay que hacer en puestos de trabajo y
determinar, en función de las necesidades de la empresa y de las aptitudes de cada persona, quién va a cumplir esas tareas.

Si debemos contratar, deberemos informarnos sobre la modalidad más conveniente de contratación, la normativa que nos rige, los convenios , bonificaciones y cotizaciones a la
seguridad social, las ayudas a la creación de empleo.

LA VIDA DEL AUTÓNOMO

Seas una microempresa en la que tú vayas a ser trabajador o seas un empresario con trabajadores a tu cargo vas a comenzar a tributar en el régimen de autónomos. (Hay
excepciones, consúltalo con tu gestor)

¿QUé PUEDO HACER CON MI PARO?

A la hora de emprender tienes tres posibles opciones con tu paro:

  • CAPITALIZARLO
  • COMPATIBILIZARLO
  • COLCHÓN SI FRACASO (REABRIRLO)
01
capitalizarlo

¿QUÉ ES CAPITALIZAR?

Que el SEPE me entregue el tiempo  pendiente que tengo de prestación de desempleo para iniciar una actividad emprendedora.

REQUISITOS Y ASPECTOS A TENER EN CUENTA.

La solicitud es siempre antes del inicio de la actividad (la fecha de alta en la Seguridad Social)
Nos han de quedar al menos 3 meses de desempleo para poder capitalizar.
No hemos tenido que capitalizar anteriormente en los 4 años inmediatamente anteriores.
Exención fiscal de la capitalización pero sujeto a mantener 5 años (si no declaración complementaria)
Tenemos que tener cuidado con tener actualizada la demanda de empleo.
Si hemos reclamado por despido a la empresa, no podemos capitalizar hasta la resolución del procedimiento.
No tendremos derechos a capitalizar si en los 24 meses anteriores hemos compatibilizado el desempleo con el trabajo por cuenta propia.
Empezar la actividad en 1 mes desde haber recibido el importe.
Destinar la cantidad realmente a la actividad.
https://www.sepe.es/contenidos/autonomos/prestaciones_ayudas/capitaliza_tu_prestacion.html
http://sede.sepe.gob.es/portalSedeEstaticos/flows/gestorContenidos?page=sv01

02
COMPATIBILIZARLO

¿QUÉ ES COMPATIBILIZAR?

Recibir el pago de tu paro mientras comienza tu vida laboral emprendedora.

REQUISITOS Y ASPECTOS A TENER EN CUENTA.

Durante un máximo de 9 meses o 270 días (si nos queda menos, pues menos) puedo compatibilizar mi paro (nada de subsidios) con mi actividad de autónomo.
La tengo que pedir eso sí, en los primeros 15 días del inicio de la actividad (del alta en autónomos), luego ya no podré.
No tendré que sellar la tarjeta del paro ni ir a cursos, pero si trabajo por cuenta ajena (da igual las horas) lo pierdo.
Se controla y no se puede compatibilizar si mi último empleo es por cuenta propia (autónomo), si he capitalizado en los 24 meses anteriores o si ya hubiera compatibilizado antes.
Si me queda desempleo tras los 9 meses y me doy de baja la puedo reabrir, salvo que opte por el cese de actividad.

03
REANUDAR EL DESEMPLEO

¿QUÉ ES REANUDAR EL DESEMPLEO?

Puedo reanudar mi desempleo si no han transcurrido más de 60 meses (5 años) desde mi actividad por cuenta propia.
A partir del mes 24 de mi actividad, tendré que acreditar que mi cese no es voluntario: concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, violencia de género, divorcio o separación matrimonial, cese involuntario en el cargo de consejero o administrador de una sociedad o en la
prestación de servicios a la misma y extinción del contrato suscrito entre el trabajador autónomo económicamente dependiente y su cliente, todo ello en los términos previstos reglamentariamente.
Si tengo derecho al cese de actividad y opto por éste, pierdo la reapertura (son incompatibles).